Importante tener en consideración que para la construcción de viviendas nuevas existe un crédito para los clientes que permite disminuir en un 65% el IVA a pagar.
De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5° y duodécimo transitorio de la Ley N° 20.780, de 2014, se modifican los valores de las viviendas con derecho a este crédito. Es así que a partir del 1° de enero del año 2015, sólo tienen derecho a crédito los inmuebles con destino habitacional que no superen las 4000 UF; A partir del 1° de enero del año 2016, sólo para inmuebles cuyo valor no exceda de 3.000 UF. Finalmente, a partir del 1° de enero del año 2017 este crédito sólo será para viviendas cuyo valor no supere las 2.000 U. El crédito consiste en un descuento del 65% sobre el 19% del IVA generado.